GRUPO DE TRABAJO EN RELACIONES LABORALES DE LA SESP (GRELASESP) REGLAMENTO DEL GRUPO DE TRABAJO.
COORDINADORA: Dª. Carmen Hoyos Peña
1. REGLAMENTO DEL GRUPO DE TRABAJO.
1. Definición y creación La creación del Grupo de Trabajo en Relaciones Laborales de la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria (GRELASESP) se propone en la asamblea de socios de la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria (SESP) del 24 de octubre de 2014 en Barcelona, con su aceptación por el Presidente de la misma. El día 25 se reúnen doce miembros de la sociedad con objeto de crear el grupo.
El objetivo de dicho Grupo es trabajar en la defensa de los derechos laborales del colectivo de médicos y enfermeros de Sanidad Penitenciaria.
Se acuerda entre los socios reunidos nombrar provisionalmente Coordinadora a Dª. Carmen Hoyos Peña y Secretario a D. Gustavo Blanco hasta que se aprueben los estatutos y pueda realizarse una votación formal. En asamblea celebrada en Salamanca el 14 de febrero de 2015 se aprueba por unanimidad el nombramiento como Coordinadora a Dª Carmen Hoyos Peña y como Secretario a D. Luis Carlos Vasallo Balandron, y los estatutos que regirán el funcionamiento del GT.
2. Funciones
Serán cometidos del GRELASESP:
a) Agrupar a miembros de la Sociedad con inquietudes en el estudio de mejoras laborales en el medio penitenciario.
b) Ser órgano de referencia de la Junta Directiva en sus relaciones con las Administraciones Central y Autonómica, y con las Centrales Sindicales, con objeto de exigir el cumplimiento de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud de 2003 y la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias del mismo año, en cuanto a reclamar la transferencia de la Sanidad Penitenciaria a las CC AA y el reconocimiento de la Carrera Profesional a sus profesionales así como de cualquier otra vulneración de nuestros derechos laborales. La representación de la Sociedad corresponde a la Junta Directiva, que podrá delegar esta representación en el Coordinador y Secretario del grupo para los fines previstos en el presente artículo, si así lo considerara oportuno.”
c) Hacer llegar la información a los interesados sobre las múltiples sentencias pronunciadas por diferentes órganos judiciales sobre cuestiones laborales: descansos, remuneraciones por guardias, derecho al cobro de guardias en vacaciones y bajas médicas etc y que puedan ser utilizadas para solicitar la extensión de las mismas si procede.
d) GRELASESP valorará la forma más efectiva de ejercer las posibles reclamaciones administrativas, proponiendo a la Junta Directiva la contratación de un gabinete jurídico que gestione la representación jurídica, la elaboración de demandas o cualquier otra actuación frente a los tribunales de justicia.
e) Difundir y recabar entre los socios de la SESP y entre todos los profesionales interesados la información sobre todos los temas anteriormente mencionados
3. Pertenencia
Inicialmente, pertenecerán al GRELASESP todos los miembros de la Sociedad que manifiesten por escrito su deseo de pertenecer al mismo. La creación será aprobada de forma definitiva por la Junta Directiva de la SESP en reunión extraordinaria.
En caso de que un socio de la SESP decida incorporarse al GT ya constituido, precisará remitir carta de solicitud al Coordinador/a del GT. Todas las incorporaciones o ceses del GT constarán en la Memoria Anual.
4. Composición
GRELASESP se ha constituido a propuesta de los socios de la SESP que figuran en el acta de la reunión celebrada el día 25 de octubre de 2014.
5. Periodo de vigencia del GT
GRELASESP se constituirá inicialmente por un periodo de 3 años. Trascurrido este plazo, se solicitará a la Junta Directiva de la SESP, mediante escrito razonado, la continuación del GT.
6. Coordinador/a del GRELASESP
El GRELASESP será regido por un Coordinador/a de Grupo (CG) y Secretario/a que coordinará todas sus actividades. El tiempo de permanencia de ambos será de 3 años. No podrán presentarse a reelección en los 3 años siguientes a su periodo de coordinación, salvo que no se haya presentado ninguna candidatura alternativa.
Coordinador/a y Secretario/a serán elegidos por mayoría simple y mediante votación secreta de los miembros del GRELASESP.
7. Funciones del Coordinador/a y Secretario/a
El coordinador/a del GRELASESP, además de coordinar las actividades del GT, ejercerá la función de enlace con la Junta Directiva de la SESP y junto con el Secretario/a deberán presentar anualmente una memoria de proyectos, actividades y balance económico del GT.
Si la Junta Directiva lo estimara conveniente, podrá disolver, mediante acuerdo motivado y por mayoría simple de votos de sus miembros, la disolución del GT.
8. Financiación.
La financiación de las actividades de GRELASESP correrá a cargo de la SESP, y se referirá a las actividades que generen gastos por parte del coordinador/a o secretario/a del grupo, y los que se generen como consecuencia de las reuniones de trabajo por los miembros del GT. Se dará cuenta de los gastos generados en la memoria económica anual y en cualquier momento que sean requeridos por la JD de la SESP.